¿Ya ha terminado la campaña y aún no has presentado tu declaración de la renta de 2022? ¿No has presentado declaraciones de renta de años anteriores, aunque estabas obligado? Te cuento todo lo que necesitas saber sobre la declaración de rentas fuera de años anteriores (fuera de plazo).

Lo más importante que debes saber es que, una vez transcurridos 4 años desde la finalización del término de liquidación y pago del impuesto, prescribe el derecho de la Agencia Tributaria a reclamártelo. De esta forma, aún se pueden reclamar las declaraciones de renta de 2019, 2020, 2021 y 2022.

Por otro lado, sólo debes preocuparte por presentar tus declaraciones de renta en el caso de que estuvieras obligado a hacerlo. Si no estás dentro de los supuestos de presentación obligatoria, Hacienda no puede reclamarte nada. ¿Cómo saber si estás obligado a declarar? Mira el siguiente link: Obligados a declarar – Ingresos mínimos para presentar la renta – Novedades – Te hacemos la Renta

¿Pero que ocurre si detectas que estabas obligado a presentar la renta, pero no lo has hecho? Pueden suceder dos cosas: que Hacienda te reclame, o que no lo haga.

Si Hacienda no te reclama, te conviene adelantarte y hacer tu presentación. Una vez realizada, si el resultado es a pagar, Hacienda te enviará una carta con recargos que deberás pagar. ¿A cuanto pueden ascender esos recargos?

Hacienda te cobrará por dos conceptos:

  • Recargo por presentación fuera de término: 1% por cada mes completo de retraso con que se presente la declaración de la renta, contado desde el final de la campaña de renta correspondiente. Los porcentajes serán desde 1% hasta 12% hasta llegar a los 12 meses de retraso. Si el retraso es mayor el porcentaje es fijo: 15%.
  • Interés de demora: será de 3,75% anual, contado desde la finalización de los primeros 12 meses de retraso. Si te retrasas menos de 12 meses no te cargan intereses.

¿Qué ocurre si es Hacienda quien toma la iniciativa y te manda el requerimiento? En este caso, además del recargo y el interés (si corresponde) Hacienda te impondrá una sanción que podría estar en 50% y el 150% del importe a pagar.

Pero existe otro supuesto. Imagínate que el resultado de tu renta era a devolver y aunque estabas obligado a presentarla no lo hiciste dentro del período de la campaña. En este caso, tanto si Hacienda se percata y te reclama como si no lo hace, sufrirás una sanción de 200€. Es un importe menor, y aplicando reducciones podrías pagar menos de la mitad.

Si necesitas un asesor para presentar tus declaraciones de años anteriores o la de 2022 ya fuera de término, contáctame y te hago la renta.



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